Estimados Clientes y Amigos:

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “DECRETO por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para establecer el 1o. de octubre de cada seis años, día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal” en el que se establece lo siguiente:

“Artículo Único.- Se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:

I. VI. …

VII. El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. y IX. …”

Énfasis añadido.



El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo anterior se homologa con lo establecido en el artículo 12, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación aplicado en forma supletoria de conformidad con el artículo 1° de la Ley Aduanera.

En este sentido, algunas aduanas ofrecerán servicios extraordinarios en distintos puntos tácticos y en horarios de operación muy acotados.

Por último, no habrá trámites administrativos ni recepción de documentación oficial durante ese día.  Se recomienda programar sus operaciones de comercio exterior considerando esta información.